ANTECEDENTES

El Programa Umbral Paraguay, consistió en una iniciativa del Gobierno del Paraguay para mejorar los indicadores de eficiencia, integridad y trasparencia de las entidades del Estado. El programa contó con el apoyo del Gobierno de los Estados Unidos a través de la Corporación Desafío del Milenio (MCC por sus siglas en ingles), cuyos fondos fueron administrados por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID por sus siglas en ingles) y, específicamente por su Misión en Paraguay. Leer Más [+]

PRESENTACIÓN

El Sistema de Evaluación y Control, establecida para las instituciones públicas de la República del Paraguay en la Ley 1.535 de 1999, proporciona una estructura para el Control de los organismos y entidades del Estado, a fin de garantizar el desarrollo de su función administrativa bajo los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, celeridad y transparencia contribuyendo con ello al cumplimiento de sus objetivos institucionales, en el contexto de los fines sociales del Estado Paraguayo Leer Más [+]


EL MECIP

Es una herramienta de gestión que contempla un marco de estructuras, conceptos y metodologías que permiten el diseño, desarrollo, implementación y funcionamiento de control interno adecuado, donde intervienen todos los funcionarios de la institución como responsables del control en el ejercicio de sus actividades, que le permite a la institución, garantizar la eficiencia, eficacia y economía de sus operaciones focalizadas en generar los resultados e impactos de la gestión de la organización en el cumplimiento de su misión, a través de la prevención de riesgos, la corrección de desviaciones y la evaluación de la gestión institucional a fin de generar confianza y transparencia con sus grupos de interés.

MARCO LEGAL

  • Constitución Nacional,  Artículos 281 y  283.
  • Ley Nº 1.535/1999 "De Administración Financiera del Estado Paraguayo".
  • Decreto Nº 8.127/2000 que reglamenta la Ley N° 1.535/1999 "De Administración Financiera del Estado".
  • Decreto Nº 10.883, de fecha 11/07/2007, por el cual se establecen las facultades, competencias, responsabilidades y marco de actuación en materia de Control Interno de la Auditoria General del Poder Ejecutivo.
  • Decreto N° 962, de fecha 27/11/2008 por el cual se modifica el Título VII del Decreto N° 8127/2000 que establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N° 1.535/1999 "De Administración Financiera del Estado y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF", se aprueba y adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECIP para las entidades públicas del Paraguay.
  • Resolución CGR N° 425, de fecha 09/05/2008 por la cual se establece y adopta el Modelo de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay – MECIP como marco para el Control, Fiscalización y Evaluación de los Sistemas de Control Interno de las Entidades sujetas a la Supervisión de la Contraloría General de la República.

Resolución CGR N° 377 de fecha 13/05/2016, por la cual se adopta la Norma de Requisitos Mínimos para Sistemas de Control Interno del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay – MECIP:2015 como marco para el control, fiscalización y evaluación de los sistemas de control interno de las instituciones públicas sujetas a la supervisión de dicho órgano de control externo y se insta a las instituciones sujetas a la supervisión de la CGR a adoptar la mencionada norma;

Resolución CGR N° 147 de fecha 25/03/2019, por la cual aprueba y se dispone el uso obligatorio de la Matriz de Evaluación por Niveles de Madurez en las auditorías que realice ese órgano de control externo en los entes sujetos de control y se insta a las instituciones sujetas al control y fiscalización de dicho órgano de control, la utilización de la citada matriz, conforme a su estructura y procesos;

Resolución AGPE N° 326 de fecha 17 de octubre de 2019 de la Auditoría General del Poder Ejecutivo por la cual se adopta la Norma de Requisitos Mínimos para Sistemas de Control Interno y la Matriz de Evaluación por Niveles de Madurez del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay – MECIP:2015 como instrumento para la evaluación del Sistema de Control Interno del MECIP:2015 en los organismos y entidades dependientes del Poder Ejecutivo y se estable que los organismos y entidades dependientes del Poder Ejecutivo, adopten la Norma de Requisitos Mínimos para Sistemas de Control Interno del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay – MECIP:2015.

Componentes del Mecip

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FUNDAMENTOS DEL MECIP         

  • Autocontrol: Es la capacidad que tiene cada funcionario, independientemente de su nivel jerárquico en la Institución, para evaluar su trabajo, detectar desviaciones, efectuar correctivos y mejorar la ejecución de los procesos, actividades y tareas bajo su responsabilidad.  El autocontrol se expresa en la responsabilidad, la capacidad y la ética de los funcionarios de la Institución, para ejercer control sobre sus actuaciones y la función a su cargo.
  • Autorregulación: Es la capacidad institucional para definir las normas, políticas y procedimientos que permitan la coordinación eficiente y eficaz de sus actuaciones, haciendo transparente el ejercicio de su función ante la sociedad y los diferentes grupos de interés.
  • Autogestión: Es la capacidad de la Institución para interrelacionar la autorregulación y el autocontrol con el fin de establecer la forma más efectiva de ejecutar sus funciones.  Es la capacidad institucional para interpretar, coordinar y aplicar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido delegada por la ley.

OBJETIVOS DEL MECIP

Proporcionar una seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos de la Institución a través de la generación de una cultura institucional del autocontrol, generando, de manera oportuna, acciones y mecanismos de prevención y de control en tiempo real de las operaciones; de corrección, evaluación y de mejora continua de la Institución de forma permanente, y brindando la autoprotección necesaria para garantizar una función administrativa íntegra, eficaz y transparente, con una alta contribución al cumplimiento de la finalidad social del Estado.

BENEFICIOS DEL MECIP

  • Honestidad de los servidores públicos.
  • Transparencia y eficiencia en la gestión.
  • Imparcialidad en los procesos de ingreso, promoción y evaluación del personal.
  • Organización y gestión basada en procesos.
  • Identificación oportuna de riesgos que puedan afectar negativamente el logro de objetivos.
  • Información veraz y oportuna, sin restricciones.
  • Cumplimiento de los objetivos institucionales.
  • Responsabilidad de Rendir Cuentas a la sociedad.
  • Autoevaluaciones objetivas y evaluaciones independientes de la gestión.
  • Planes de mejora continua.

MANUALES